jueves, 3 de febrero de 2011

Exención en la entrega de abono de transportes a empleados.

Está exento de IRPF , y con el límite de 1.500 euros anuales, la entrega de abono de transportes a los trabajadores de Metro. Esta exención se aprobó con el Real Decreto Ley 6/2010, y pretende incentivar la utilización de los medios de transporte público colectivo en los desplazamientos de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo. Se entiende cumplida esa finalidad siempre que el ámbito de validez espacial del abono entregado tenga en consideración las ubicaciones correspondientes a la residencia y al centro de trabajo del empleado, y ello con independencia, en este caso, que la entidad no satisfaga de forma efectiva cantidad alguna a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de viajeros, dado que es ella misma una de las entidades que integran el Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid, que es quien emite los títulos de transporte

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