lunes, 14 de febrero de 2011

Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, de la Comunidad Autónoma de Galicia (BOE 10-febrero-2011)

Las principales medidas fiscales para 2011 aprobadas por la Comunidad Autónoma de Galicia se refieren a los siguientes puntos:
IRPF: Se establecen tres deducciones nuevas y se amplía el ámbito de una ya existente.
Las tres deducciones nuevas son las siguientes: deducción por acogimiento familiar. Las otras dos deducciones son por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y  deducción por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil. Estas dos deducciones están orientadas a fomentar la inversión con la finalidad de impulsar la iniciativa privada para la salida de la crisis económica y el fomento del empleo; por lo que se exige que esa inversión venga acompañada de la creación de empleo y se mantenga durante un período de tres años.

Se amplia la deducción por autoempleo para mujeres y hombres, cualquiera  sea su edad.
Se regula la escala autonómica del IRPF, sin que se hayan producido incrementos de los tipos establecidos para cada uno de sus tramos.
Impuesto sobre sucesiones y donaciones.  Reducción del 99% del valor de las parcelas forestales, para las adquisiciones, por causa de muerte o por donación, de éstas incluidas en la superficie de gestión conjunta por las agrupaciones de propietarios forestales.
ITPyAJD. Deducción en la cuota del 100% en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, aplicable a los arrendamientos de terrenos rústicos.
Deducción en la cuota del 100% para las transmisiones onerosas de parcelas forestales incluidas en la superficie de gestión conjunta o de comercialización de producciones por las agrupaciones de propietarios forestales
Tasa fiscal sobre el juego: Se establecen los tipos de gravamen en los casos de los casinos de juego y de las máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos.
Se establecen exenciones en los tributos sobre el juego, en concreto en el impuesto sobre el bingo, para aquellos que, dada su entidad, están excluidos del ámbito de aplicación y, por lo tanto, de las formalidades y requisitos establecidos en la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de los juegos y las apuestas de Galicia.
Se establece la obligación de la autoliquidación por parte de los sujetos pasivos de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de maquinas tipo «A» especial, «B» y «C», en la forma, lugar y plazos establecidos por orden de la consejería competente en materia de hacienda. También establece la obligación de ingresar, en el momento de la presentación de la autoliquidación, la cuota anual correspondiente.

En relación a las comprobaciones de valores, se da validez jurídica en Galicia a los valores publicados por otras comunidades autónomas para los bienes situados en sus territorios, lo que supone dar entrada a medios de comprobación distintos del dictamen de peritos y se permite más agilidad en el procedimiento gestor.
Se elimina la obligación del visado colegial para los dictámenes periciales. Se introducen ciertas modificaciones en las obligaciones formales de los notarios a favor de la remisión por vía telemática de la declaración informativa comprensiva de los elementos básicos de la escritura.

Se crea  una agencia pública autonómica dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, con patrimonio y tesorería propios y autonomía funcional, financiera y de gestión. Ejerce las potestades administrativas para la aplicación de los tributos y la recaudación ejecutiva de los demás ingresos de derecho público de la Hacienda pública gallega, la potestad sancionadora en materia tributaria y la revisión en vía administrativa de los actos dictados en el ejercicio de las competencias anteriores, y se apoyará en un modelo organizativo que parta de la fijación de unos objetivos, para su posterior evaluación y control, con la consiguiente exigencia de responsabilidad por los resultados obtenidos y el respeto de los derechos de los ciudadanos.

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